Venta VCF for dummies (II): Patronos entre la espada y la pared

13 Jul Venta VCF for dummies (II): Patronos entre la espada y la pared

*En aras de (intentar) facilitar la mayor cantidad de información sobre el tema, arranca un serial sin principio ni final definidos para hablar de los diferentes matices y apuntes que está dejando el proceso de venta del Valencia CF S.A.D.*

«¿Quién me mandaba a mi meterme en este berenjenal?» Lo han dicho en voz alta, como uno de los patronos consultados en las últimas semanas, o se lo han guardado para sus adentros. Pero el sentir general es similar en practicamente todos los casos: de haber sabido el ‘marrón’ en que iba a derivar, muchos individuos no hubiesen aceptado la propuesta de ser patronos de la Fundación VCF cuando se produjo el cambio de caras a principios de 2013. Acababa una etapa de cuatro años de inmovilismo para dar paso a una era esperanzadora. Por desgracia, el paso de los meses no hizo más que acumular malas noticias: primero, el ‘no’ de Bankia a la refinanciación; después, la decisión de vender; y por último, un tortuoso proceso de venta que se prolonga ya ocho meses y que ha puesto a una veintena de hombres y mujeres en el disparadero.

*En aras de (intentar) facilitar la mayor cantidad de información sobre el tema, arranca un serial sin principio ni final definidos para hablar de los diferentes matices y apuntes que está dejando el proceso de venta del Valencia CF S.A.D.*

«¿Quién me mandaba a mi meterme en este berenjenal?» Lo han dicho en voz alta, como uno de los patronos consultados en las últimas semanas, o se lo han guardado para sus adentros. Pero el sentir general es similar en practicamente todos los casos: de haber sabido el ‘marrón’ en que iba a derivar, muchos individuos no hubiesen aceptado la propuesta de ser patronos de la Fundación VCF cuando se produjo el cambio de caras a principios de 2013. Acababa una etapa de cuatro años de inmovilismo para dar paso a una era esperanzadora. Por desgracia, el paso de los meses no hizo más que acumular malas noticias: primero, el ‘no’ de Bankia a la refinanciación; después, la decisión de vender; y por último, un tortuoso proceso de venta que se prolonga ya ocho meses y que ha puesto a una veintena de hombres y mujeres en el disparadero.


El sector más enardecido y populista presiona e insiste en que la tarea de la Fundación es sencillísima. «¡Vended a Lim de una vez, hijos de p…!» sólo es una de las soflamas -ciertamente edificante, por otra parte- que se han escuchado en los últimos meses. Para desgracia de estos eruditos de la palabra, la ley es la ley y no es tan sencillo saltársela a la torera. Al menos, si pretendes que no te caiga un rapapolvo legal capaz de dejar temblando al más pintado. Una vez más, en una tarea absolutamente fútil para el seguidor gritón mencionado anteriormente, pero que puede resultar interesante para el aficionado del Valencia neutro y ponderado, intentaremos explicar lo que parece inexplicable.

Pero antes de empezar, lea AQUÍ el documento jurídico de tres páginas redactado por el abogado y secretario de la Fundación, Francisco Blasco.

¿Ha terminado ya? Bien, sigamos.

POR QUÉ SE PIDE EL INFORME

Cualquier organismo con los atributos de la Fundación VCF está incluido dentro del apartado «fundaciones y asociaciones de carácter docente, cultural, artístico, benéfico-asistencial y similares que desarrollen principalmente sus funciones en la Comunidad», bajo la competencia de la GV según el Estatuto de Autonomía. Así surge la figura del Protectorado de Fundaciones, del que hablaremos posteriormente.

En un proceso tan enrevesado y complejo, uno podría pensar que estar en conocimiento de las garantías, responsabilidades y límites jurídicos es, como poco, obligatorio para todos los patronos de la Fundación. Sin embargo, a tenor de los hechos, el pasado 17 de mayo no parecían tenerlo tan claro: de haber sido así, varios patronos no habrían expresado recientemente sus dudas a Aurelio Martínez y a los miembros de la comisión ejecutiva de la Fundación respecto al ‘colchón legal’ que les ampara en caso de tomar decisiones en uno u otro sentido.

Y así, tras semanas de dudas y de cuchicheos, llegamos al documento. Un escrito corto y sencillo, entregado a los patronos en la reunión oficial celebrada el pasado lunes 7 de julio, destinado a eliminar de un plumazo cualquier inquietud que algún patrono despistado pudiese tener respecto a la orientación de su voto el pasado 17 de mayo y, principalmente, a la orientación del voto que tenga lugar cuando llegue el momento de ratificar la opción de Peter Lim como la mejor o no.

LEYES, HOMBRES Y VICEVERSA

El punto respecto a las obligaciones de cualquier patrono es tan obvio que no requiere de mayor explicación, al menos en lo que refiere a su legislación autonómica. En lo que compete a la legislación estatal, la cosa cambia. Los patronos deben ejercer como «representantes leales» y no perjudicar al organismo del que forman parte. Del mismo modo, «responderán solidariamente (…) de los daños y perjuicios que causen por actos contrarios a la Ley o a los Estatutos, o por los realizados sin la diligencia con la que deben desempeñar el cargo». Tomar decisiones equivocadas puede acarrear consecuencias. ¿Obvio? Desde luego. ¿Detalle a tener en cuenta? Claro que sí.

A renglón seguido, una posible explicación para las dimisiones acaecidas desde diciembre -cuando el economista Antonio Paños se marchó- hasta la semana pasada, cuando otros tres patronos abandonaron la Fundación: «Quedarán exentos de responsabilidad quienes hayan votado en contra del acuerdo, y quienes prueben que, no habiendo intervenido en su adopción y ejecución, desconocían su existencia o, conociéndola, hicieron todo lo conveniente para evitar el daño o, al menos, se opusieron expresamente a aquél».

Tras su salida, ni a Mercé, ni a Farinós ni a Turanzo se les puede achacar culpabilidad en un hipotético problema legal a corto, medio o largo plazo. Ya no forman parte de la Fundación y, al no haber ningún documento firmado por dicho organismo en el que haya una vinculación oficial al magnate Peter Lim, quedan exentos de toda acusación. También quedarán ‘exentos’ de cualquier gloria o felicitación si, llegado el momento, la venta se culmina a Lim y resulta ser una decisión acertadísima a corto, medio y largo plazo… pero esa ya es otra historia.

El siguiente punto hace referencia a la «acción de responsabilidad», que sólo podrá ser solicitada por la propia Fundación, por el Protectorado de Fundaciones o por algún patrono disidente o ausente -los tres anteriores, llegado el momento, estarían habilitados para pedirla-. Especial énfasis se hace en el carácter ‘superpoderoso’ del Protectorado -que, recordemos, depende de la Generalitat y de su Consellería de Governació i Justicia, encabezada por Luis Santamaría- al recalcar que está capacitado «para ejercitar la correspondiente acción de responsabilidad«, «para instar el cese de los patronos» y «para impugnar los actos y acuerdos del Patronato que sean contrarios a los preceptos legales o estatutarios por los que se rige la fundación».

Traducción: el Protectorado, de descubrir irregularidades, puede meterle un paquete legal a los patronos, despojarlos de su cargo y tratar de revertir y anular cualquier decisión tomada por el Patronato, siempre y cuando se estime como lesiva para los intereses de la Fundación VCF.

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SUSTO O MUERTE

Y así, llegamos al momento actual de sacar conclusiones. Póngase en el pellejo de uno de los diecinueve patronos que conforman a fecha de hoy el Patronato de la Fundación VCF. Tras leer el informe sobre las garantías jurídicias, toca hacer balance:

– hay responsabilidad solidaria si usted lleva a cabo «actos en perjuicio de la Fundación»;

– el encargado de pedirla y llevarle a usted ante el juez es la propia Fundación, el Protectorado o bien alguno de sus ex compañeros en el Patronato, que lo dejaron al no estar de acuerdo;

– y el ‘paquete’ se lo comerán sólo aquellos que voten a favor del acuerdo «perjudicial o dañoso para la Fundación».

Queda el punto más espinoso: la dichosa votación. Una forma modernizada, actualizada y pasada por el filtro valencianista del archiconocido ‘susto o muerte’ de toda la vida. Todo lo anterior recoge una conclusión inequívoca: que errar a la hora de escoger el comprador equivocado puede suponerle a un patrono consecuencias legales. Sin embargo, las otras dos opciones –permanecer inerte sin pronunciarse en una u otra dirección, o bien votar en contra de vender a un comprador- también pueden acarrear problemas.

En caso de que la oferta del comprador X -llamémosle Peter Lim– sea «superior al valor de las acciones y además cubre la deuda» que la Fundación VCF sabe que no puede pagar, el informe insiste en que no hay responsabilidad alguna «porque no se deriva ningún daño para la Fundación». La garantía de tranquilidad para los patronos es incluso superior dado que el acuerdo debe ser autorizado por el Protectorado de Fundaciones. Si da el OK, es un reconocimiento implícito de la Generalitat de que «no hay perjuicio ni ilegalidad en el acuerdo», eliminando cualquier via penal y limitando cualquier hipotética reclamación a la vía administrativa. En caso contrario, que el Protectorado tumbase la votación del Patronato significaría que «tampoco hay responsabilidad porque no hay acuerdo (la autorización es esencial)».

A estas alturas, por lo tanto, usted podría pensar que votar o no a Lim es la única solución plausible y que, gracias a Dios, siempre quedará el ‘colchón’ del Protectorado para comerse el ‘marrón’ si a la larga la decisión sale rana. Una sensación maximizada si tenemos en cuanta que «también se podría incurrir en responsabilidad si se votara en contra de la venta de las acciones en los términos antes dichos», dado que se «ocasionaría un grave perjuicio a la Fundación» al mantener la deuda -que la Fundación VCF sabe que no puede pagar- y continuar ésta generando intereses -que tampoco se pueden pagar, ya que la Fundación apenas tiene una balance anual de unos 600.000 euros-.

«La responsabilidad sería personal de los patronos que votaran en contra del acuerdo, pues el acuerdo de no vender también es un acuerdo«. Ahí queda eso.

Usted, querido patrono imaginario, está rodeado de un campo de minas sensacional en el que un paso en falso resulta en detonación. Con el Valencia CF S.A.D. como telón de fondo, la decisión que tomen respecto a la venta no sólo marcará el futuro de la entidad, sino también el de su seguridad jurídica de hoy en adelante:

si decide vender a Lim y hay problemas, está usted jodido: a saber qué ocurrirá con el club, sus activos y cuánta gente exigirá responsabilidades;

si decide no vender a Lim, está usted jodido: a fecha de hoy, no hay plan B definido y toda alternativa pasa por castillos en el aire y grupos empresariales cuya solvencia y solidez queda por demostrar (*);

si decide no vender -a secas-, está usted jodido: la tesorería de club y Fundación está tan ahogada que la situación puede desembocar en un (pre)concurso de acreedores voluntario.

Así las cosas, ¿a alguien le extraña que los patronos se tomen su tiempo para averiguar las posibles consecuecias de sus actos? Lo dicho: «¿Quién me mandaba a mi meterme en este berenjenal?»

 

(*) El debate sobre si el informe, además de poner al día legalmente a los patronos, puede además acabar condicionandoles en la orientación del voto (Lim como mal menor) es amplio, pero no es objeto de discusión en este caso. Eso debe decidirlo el lector, el aficionado, el valencianista. Datos, información, legislación vigente. Eso es lo que debe prevalecer a fecha de hoy en un proceso que hace tiempo se nos fue de las manos.

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